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Procedimiento para la baremación de las secuelas psiquiátricas por etiología traumática

2012-09-14

La Fundación Española de Psiquiatría y Salud Mental, en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial, ha patrocinado un grupo de trabajo constituido por juristas, psiquiatras clínicos y psiquiatras forenses que ha analizado cómo se valora el daño psíquico postraumático, una cuestión principal si se tiene en cuenta que en España se producen al año más de 400.000 lesionados por diferentes motivos (tráfico, agresiones, maltrato...) y, de ellos, entre un 10% y un 20% van a presentar sintomatología psíquica.

Procedimiento para la baremación de las secuelas psiquiátricas por etiología  traumática Participantes en la última edición de los Encuentros Jurídicos Psiquiátricos.

El objetivo era desarrollar, en base al ya existente “baremo de tráfico”, un sistema objetivo para la valoración de las secuelas que facilitara el trabajo de todas las personas que intervienen en estos procedimientos (jueces, fiscales, médicos forenses, psiquiatras, médicos valoradores, abogados, compañías de seguro…), repercutiendo de forma positiva en el ciudadano.

De este trabajo conjunto ha surgido el “Procedimiento para la baremación de las secuelas psiquiátricas por etiología traumática”, que ha sido presentado en diferentes foros para su consideración por profesionales especializados, como la reunión Documentos Jurídicos Psiquiátricos de Córdoba (jueces y psiquiatras; octubre de 2011), el XV Congreso Nacional de Psiquiatría de Oviedo (noviembre de 2011) y la Reunión de Médicos Forenses en Sevilla (diciembre de 2011). En todos los foros, el reconocimiento a los motivos, la claridad y los resultados fueron unánimes, solicitando la difusión del mismo.

Actualmente, para la indemnización de este tipo de secuelas (al igual que para las físicas), independientemente de la etiología del traumatismo, se ha generalizado el comúnmente llamado “baremo de tráfico”, recogido en la Ley 34/2003 de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados. En él existe un apartado específico para los Síndromes Psiquiátricos. Si bien el baremo tiene la ventaja de homogeneización de la valoración de todas las secuelas, adolece de importantes defectos en su vertiente psíquica, como que las entidades psiquiátricas recogidas no se adaptan a las clasificaciones internacionalmente reconocidas; que le da un desigual tratamiento respecto a las secuelas físicas, aunque la discapacidad que pueda ocasionar sea igual o superior a éstas; y que no plantea un método objetivo para ajustar las puntuaciones.

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